Conocer las reformas fiscales, que afectan a la Ciudad de México y han sido efectuadas durante el último año, es fundamental para realizar un ejercicio fiscal en tiempo y forma este 2025.
El 14 de febrero, el Colegio presentó un foro llamado Reformas fiscales de la CDMX 2025, donde distintos expertos compartieron las actualizaciones fiscales que impactan en la Ciudad de México. Con apoyo de la coordinación de Virginia Ríos Hernández, vocera de la comisión T. de Investigación Fiscal, el panel brindó información relevante para presentar un ejercicio fiscal apropiado este año.
José Gerardo Alfaro Osorio fue el primero en participar, y señaló el contexto económico y aspectos importantes de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) que pueden influir en los ejercicios fiscales. El contador comentó que hay factores políticos y sociales que impactan en el desarrollo económico; puntualizó que las tensiones geopolíticas, la preocupación por la sostenibilidad y las tendencias al proteccionismo, impactan de forma directa a la economía y, en consecuencia, puede promover reformas fiscales.
De forma específica, según comenta el expositor, la LIF 2025 busca generar estabilidad en las finanzas públicas con la búsqueda de sostenibilidad de deuda y estimular una recaudación eficiente. En términos generales, sus ajustes no buscan la creación de nuevos impuestos, sino un control fiscal que permita una mejor recaudación.
En esa línea, Alejandro Guízar Acosta, durante su análisis sobre el Código Fiscal de la Federación (CFF), comentó que existe una tendencia por la búsqueda de digitalización para los procesos de fiscalización, como parte de la búsqueda de eficiencia en la recaudación. Este enfoque tiene implicaciones problemáticas ya que, según el comenta el presentador, “no podemos acostumbrarnos a hacer lo que diga la computadora, hay que aplicar la ley”.
Un ejemplo de los problemas derivados de la digitalización está en la restricción para cancelar Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), estipulada en el artículo 29-A del CFF. Esta restricción supone una multa ante la cancelación de CFDI, pero el monto de esta varía en función del monto del certificado; esto hace que la multa no esté condicionada por la acción cometida, siendo un acto anticonstitucional.
Para el caso de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), la contadora Guadalupe Santos Moreno comentó que, a pesar de no haber sufrido una reforma integral, hay precisiones que hace, sobre todo modificaciones en torno a la contribución.
Una de ellas es la facilidad que brinda el Servicio de Atención Tributario (SAT) para que personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad a un régimen distinto al Resico, puedan volver a él. La condición para ello es que los ingresos del año inmediato anterior no hayan superado los 2.5 millones de pesos y presentar un Aviso de actualización de actividades económicas.
Además, con el fin de mejorar los beneficios del régimen, se ha diferido la obligación de contar con buzón tributario y e.firma; estas acciones suponen un ejercicio de accesibilidad que permita a más personas ejercer su contribución tributaria en forma.
Para continuar, Adrián Urbina Galicia abonó sobre los impuestos indirectos. Para el caso del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), comentó que se incrementó en un 4,5% en algunos productos como los refrescos, bebidas saborizadas y cigarros; lo que busca reducir su consumo ya que, al gravar el consumo, su pago recae en quienes adquieren dichos productos.
En ese sentido, la contadora Laila Yarina Moreno Sotelo resaltó la inclusión de un nuevo impuesto ecológico, vinculado a la emisión de gases contaminantes a la atmósfera. Este impuesto, contenido en el Capítulo VII ter, tiene por objeto las emisiones de gases contaminantes directas a la atmósfera derivadas de procesos productivos; estarán sujetas a este impuesto personas físicas o morales en posesión de instalaciones cuya actividad genere estas emisiones.
Este nuevo Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera se determinará mediante una suma de emisiones contaminantes de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso expresada en toneladas por mes; su pago corresponderá a 58 pesos por tonelada emitida de equivalente a dióxido de carbono.
Finalmente, Virginia Ríos comentó las reformas en materia laboral y de seguridad social y señaló algunos cambios relevantes para la presentación del ejercicio fiscal 2025. Entre esos cambios, destacó los nuevos salarios mínimos a considerar durante este año, sobre todo con relación al pago exento de retenciones de Impuesto Sobre la Renta a personas que perciban un único salario mínimo general.
La contadora puntualizó que se debe considerar el área geográfica para este propósito, ya que existe una distinción entre el salario mínimo general y el de la frontera norte.